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  LA ASISTENCIA DE FALANGE DURANTE LA HUELGA

"La Falange Española de las J.O.N.S. ha considerado, en Junta política, cuál es en estos instantes la configuración adecuada de su asistencia al Estado Español. Como resultado del parecer de la Junta política, la Jefatura del Movimiento ha formulado las siguientes normas:

1ª. La Falange Española de las J.O.N.S. mantiene sus cuadros preparados en todo momento para acudir, en unidades propias, a la lucha contra las fuerzas antinacionales, tan pronto como el Gobierno estime llegada la ocasión de solicitar asistencias civiles armadas, como complemento de la fuerza pública.

2ª. Sólo en trance de gravísimo peligro para España, Falange Española de las J.O.N.S. sacrificaría la continuidad de sus cuadros y ordenaría a los militantes el ofrecimiento individual a las autoridades."

La Nación, 11 de octubre de 1934.


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